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septiembre 6, 2026En Aragón, disponer de la formación reglada en bienestar animan permite obtener del carné de manipulador de animales en núcleos zoológicos que alberguen perros de caza o de guarda que es obligatorio para las personas que cuidan y manejan a este tipo de animales cuando se albergan en una instalación que está registrada como núcleo zoológico.
¿Pero qué es un núcleo zoológico? ¿A partir de cuántos perros hablamos de núcleo zoológico?
El Decreto 181/2009 de Aragón excluye expresamente de la consideración de núcleo zoológico las instalaciones que alberguen seis perros o menos, mayores de tres meses. Por tanto, actualmente las perreras que albergan 7 o más perros deberían registrarse como núcleo zoológico en Aragón.
Además, el propio Decreto define específicamente:
Rehala o jauría: agrupación de doce o más perros destinados a la caza o guarda y que comparten un mismo alojamiento.
Entonces, ¿quién debe tener este carné?
El Decreto 239/2008 establece que es imprescindible disponer del carné de cuidador y manipulador de animales para el «personal que trabaje en criaderos y establecimientos de venta de animales domésticos y de compañía y en otras instalaciones autorizadas como núcleos zoológicos».
Y el Decreto 181/2009 lo concreta todavía más al tramitar un núcleo zoológico: exige disponer de personal adecuado y capacitado para el cuidado y atención de los animales y, al solicitar la autorización, hay que aportar copia del carné de cuidador y manipulador de animales de dicho personal.
Esto significa que, para una perrera deportiva o de caza registrada como núcleo zoológico (como las que suelen albergar rehalas), la persona o personas que figuren como encargadas del cuidado y manejo deben acreditar esa capacitación mediante este carné.
Destaca que la acreditación tendrá una validez de diez años (en los cursos realizados desde septiembre de 2017), pudiendo ser prorrogada por otro periodo de igual duración por la Dirección General competente, salvo que se produzcan cambios sustanciales en la normativa o incumplimientos de la misma” conforme al DECRETO 141/2017 y a través de https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/obtencion-carne-cuidador-manipulador-animales


¿Por qué existe un curso específico para perros de caza?
Precisamente porque Aragón adaptó la formación general a esta realidad. La Orden de 12 de julio de 2011 modificó el programa para contemplar específicamente al personal que trabaja en «núcleos zoológicos que únicamente alberguen perros de caza o de guarda».
En estos casos se estableció un programa específico reducido, de 8 horas, frente a la formación general de otros núcleos zoológicos (donde es necesario adquirir conocimientos sobre múltiples especies). La capacitación se obtiene mediante la asistencia al curso y superación del examen correspondiente, tras lo cual se expide el carné oficial por la Administración autonómica.
¿Quién puede impartirlo?
No puede organizarlo cualquiera. Tiene que impartirse a través de una entidad de formación acreditada y con el curso homologado por el Gobierno de Aragón.
La Federación Aragonesa de Caza tiene homologado oficialmente este curso desde 2011 y es la única entidad cinegética habilitada como entidad formadora para la organización e impartición de esta formación por el Gobierno de Aragón (siendo la primera a nivel nacional) y actualmente se ofrece gratuitamente a cazadores federados; para otras personas el precio es de 120 €. Es una formación reglada que permite obtener la capacitación oficial exigible para determinados cuidadores/manipuladores de núcleos zoológicos.
Esta formación reglada para núcleos zoológicos, tiene otras aplicaciones como la formación necesaria para el transporte de rehalas, o para la limpieza y desinfección de los medios de transporte de estas rehalas.
Gracias al trabajo de FARCAZA par armonizar, simplificar y hacer lo más operativa posible esta formación para los rehaleros; también de forma pionera y exclusiva a nivel nacional, este curso es válido como formación en materia de bienestar animal en el transporte (siempre que el vehículo utilizado sólo lo sea para perros del titular del vehículo y no realice transporte comercial de otros animales).
Además, sirve esta formación para el uso de biocidas de uso ganadero, exclusivamente en centros de limpieza y desinfección anejos a núcleo zoológico de tipo rehala o perrera deportiva.
Todo ello conforme a Nota interior del Jefe de Servicio de Sanidad Animal, Trazabilidad y Bienestar Animal comunicada por el Director General competente del Gobierno de Aragón a FARCAZA en 2022.
Más info sobre el curso aquí:



